TSE rechaza demanda impugnación contra Convención Nacional PRM
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SANTO DOMINGO.- El Tribunal Superior Electoral rechazó la acción de impugnación contra la Convención Nacional Extraordinaria del Partido Revolucionario Moderno (PRM) celebrada el 30 de enero de 2022.
La decisión en contra de la demanda interpuesta el pasado 28 de febrero por Fidel Alberto Tavárez y en la cual figura como interviniente voluntario Guido Orlando Gómez Mazara fue adoptada por los jueces Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, Juan Alfredo Biaggi Lama, Fernando Fernández y Pedro P. Yermenos Forastieri, quienes la calificaron de «improcedente, mal fundada y carente de base legal».
El dispositivo de la sentencia rechaza el fin de inadmisión planteado por la parte impugnada relativo al no agotamiento de un procedimiento interno en el PRM, «toda vez que en el presente caso no aplica el artículo 30.4 de la Ley de Partidos ni los estatutos del PRM contemplan ese requisito como paso previo para el ejercicio de una acción de esta naturaleza».
También rechaza el fin de inadmisión planteado por la parte impugnada relativo al supuesto no depósito del documento cuya impugnación se persigue.
Además, el Tribunal consideró que no existe la inminencia de daños que puedan ser irreparables en perjuicio de la parte demandante, toda vez que, en caso de que la demanda principal prospere, la sentencia que se dicte al respecto produciría un efecto retroactivo sobre todos los actos partidarios que se hubiesen producido por lo que dispuso la continuación de la audiencia que concluyó pasada la medianoche.
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