JCE establece plazo de 45 días a organizaciones políticas decidan modalidad para escoger sus candidatos
SANTO DOMINGO, RD .- La Junta Central Electoral (JCE), a través de la Dirección Nacional de Elecciones, estableció este jueves un plazo de 45 días a partir de la fecha y hasta el viernes 14 de abril a las cuatro de la tarde, para que los partidos, agrupaciones y movimientos políticos depositen su intención de participar en primarias e informar el tipo de padrón a utilizar: abierto, cerrado o semiabierto.
El plazo fue establecido en una reunión realizada con los representantes de estas entidades políticas para socializar aspectos fundamentales sobre el montaje de las primarias para elección de candidatos y candidatas.
La reunión estuvo encabezada por el director de Elecciones, Mario Núñez, quien estuvo acompañado de la directora de Partidos Políticos, Lenis García y del subdirector de Informática, Joaquín Sención.
Tras lo acordado, el director de Elecciones indicó que, una vez depositada la documentación, el órgano electoral convocará a los representantes de las entidades políticas para definir el alcance de sus primarias.
Durante la reunión abordaron la revisión de plazos legales y aspectos administrativos y procedimentales, como el registro de precandidatos y precandidatas, reservas, cuota de género, topes de candidatos y candidatas, padrones para primarias, fecha de toma de decisión para el depósito del alcance de las primarias y orden de candidatos y candidatas de primarias en las boletas.
Aprobaciones
La JCE junto a los representantes de las entidades políticas, además, aprobó los topes de precandidaturas, es decir, para los casos uninominales hasta 10 precandidatos/as y en el caso de plurinominal, hasta 3 por cada cargo colectivo.
Así mismo, reglamentar lo relativo a las primarias y otros métodos de escogencia de candidatos y candidatas importantizando lo relativo al tema de las encuestas y sus repercusiones contenciosa electoral.
Al finalizar la reunión los representantes de partidos firmaron un documento como constancia en acta de la agenda desarrollada en la convocatoria y los acuerdos a los que se arribó durante el encuentro.
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