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JCE dispone limites participación funcionarios en campaña electoral.


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SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) dispuso los límites de participación de funcionarios públicos que administran recursos económicos del Estado  en el periodo de precampaña y campaña para las elecciones del 2024.

El organismo informó que la medida no solo busca poner un alto a los candidatos, sino también a personas que por su condición jerárquica o por la naturaleza de su cargo en las instituciones públicas puedan incidir en la campaña.

“Durante el período de la precampaña, los funcionarios público que administran recursos económicos del Estado deberán obtenerse de utilizar los mismos para provecho político propio o en beneficio de terceras personas con igual propósito político o de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, pudiendo ser denunciados ante las autoridades del Ministerio Público y, en caso de comprobarse su responsabilidad, ser susceptibles de una condena de uno (1) a tres (3) años de reclusión”, indica el documento.

FINANCIAMIENTO ILICITO

La resolución 38-2023 prohíbe recibir financiamiento ilícito durante el referido período y advierte que este acto será penado.

“Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos que durante el período de la precampaña reciban este tipo de financiamiento por parte de funcionarios públicos, sin perjuicio de que terceras personas que participen de dicha operación y que no son funcionarios públicos, también pueden ser sancionados por las vías que establece la ley”, indica.

Señala que deberán pagar una multa del doble de la contribución ilícitamente aceptada, lo cual será canalizado a través de la Unidad de Atención, Seguimiento y Mecanismos de Ejecución de las sanciones de infracciones administrativas de la Junta Central Electoral.

PROPAGANDA POLÍTICA EN INSTITUCIONES DEL ESTADO

Según el documento, los actos públicos de entidades estatales no podrán servir de escenario para la promoción de cualquiera de los candidatos postulados por los partidos, agrupaciones o movimientos.

“Los funcionarios públicos deberán abstenerse de utilizar bajo cualquier circunstancia, las instalaciones de las instituciones públicas del Estado que se encuentran a su cargo para la realización de propaganda y/o promoción de aspiraciones a lo interno de las organizaciones políticas”, indica.

LICENCIAS SIN DISFRUTE DE SALARIO

En cuanto a las licencias de los funcionarios cuyas candidaturas les sean aceptadas, la JCE recuerda que la  Orgánica del Régimen Electoral establece que los que pertenecen a organismos autónomos y de los ayuntamientos quedarán suspendidos en sus funciones, sin disfrute de sueldo, hasta el día siguiente de las elecciones.

“Esto exceptúa los casos previstos en los párrafos III y IV de dicha ley, cuyos funcionarios no podrán prevalerse de su condición en actos públicos o ante los medios de comunicación ni podrán, en las actividades propias de sus funciones, realizar manifestaciones o actividades de carácter proselitista.

an/am

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