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TC elimina párrafo tres del artículo 45 de la ley de Partidos Políticos que da Poderes a las Cúpulas.


Santo Domingo.- El Tribunal Constitucional eliminó este miércoles párrafo 3, del artículo 45 de la Ley de Partidos Políticos, que establece que los organismos de los partidos los que deciden el método de elección de los candidatos a cargos de elección popular, por no estar acorde a la Constitución

“El organismo competente de cada partido, agrupación o movimiento político de conformidad con la presente ley para decidir el tipo de registro de electores o el padrón a utilizar en el proceso de selección de candidatos y candidatas, así como la modalidad y método a utilizar en ese proceso de selección será aquel o aquellos organismos que señalan los estatutos siempre y cuando los estatutos partidarios no violenten la Constitución y las leyes”, establece el párrafo eliminado  por el Constitucional.

Esta disposición fue a la que se acogió el PLD para establecer el método de primarias abiertas.

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